DUBÁI, 1 de octubre de 2026 (WAM) – La Autoridad de Servicios Financieros de Dubái (DFSA), regulador independiente de la banca, los servicios financieros y los mercados del Centro Financiero Internacional de Dubái (DIFC), ha impuesto una multa de 109.200 dólares estadounidenses (401.000 dírhams emiratíes) a Vault Wealth Limited (VWL) por prestar servicios financieros en el DIFC o desde él sin contar con la autorización de la DFSA.
VWL aceptó resolver el asunto mediante un acuerdo, por lo que la DFSA redujo la multa un 30 %, de 156.000 dólares (573.000 dírhams) a 109.200 dólares (401.000 dírhams).
VWL está constituida en el Abu Dhabi Global Market (ADGM), cuenta con licencia de la Autoridad Reguladora de Servicios Financieros (FSRA) y presta servicios financieros, entre ellos asesoramiento sobre inversiones o crédito y la intermediación de operaciones de inversión. Sin embargo, VWL nunca ha sido autorizada por la DFSA para prestar servicios financieros en el DIFC o desde él.
La DFSA determinó que VWL infringió la Prohibición de Servicios Financieros recogida en el artículo 41(1) de la Ley Reguladora de 2004 al prestar en el DIFC o desde él, sin la autorización requerida de la DFSA, servicios financieros que incluían el asesoramiento sobre productos financieros y la intermediación de operaciones de inversión.
En concreto, entre febrero y mayo de 2024, empleados de VWL trabajaron desde las oficinas de una entidad vinculada en el DIFC, Vault Technology Limited, que no estaba regulada por la DFSA. Durante ese periodo, se invitaba a clientes potenciales a la oficina del DIFC, donde VWL les prestaba asesoramiento financiero y les ayudaba a darse de alta en una plataforma de inversión. Los clientes potenciales también entregaron documentación de «conozca a su cliente» con el fin de gestionar la apertura de cuentas de inversión.
La DFSA constató asimismo que en la oficina del DIFC no se indicaba que la entidad del DIFC fuera independiente de VWL. Ello podría haber llevado a los clientes potenciales que se reunían con personal de VWL en el DIFC a creer que VWL contaba con autorización de la DFSA para prestar servicios financieros en el DIFC o desde él.
La alta dirección de VWL conocía la obligación de obtener la autorización de la DFSA. No obstante, pese a ello, VWL no tramitó dicha autorización y continuó prestando servicios financieros en el DIFC o desde él. La alta dirección tampoco actuó ante las inquietudes planteadas por el entonces responsable de cumplimiento de VWL sobre la falta de la licencia requerida. La DFSA consideró estos hechos como circunstancias agravantes al determinar la multa.
Alan Linning, director general de Cumplimiento Normativo de la DFSA, declaró: «La prohibición de prestar servicios financieros en el DIFC o desde él sin la autorización requerida de la DFSA es fundamental para la integridad del marco regulatorio del DIFC y para la protección de quienes utilizan, o podrían utilizar, servicios financieros en el Centro. La autorización de otro regulador no permite a una empresa prestar servicios financieros en el DIFC o desde él. Las empresas deben asegurarse de contar con la autorización correspondiente de la DFSA antes de emprender aquí cualquier actividad regulada.
La medida adoptada por la DFSA demuestra que intervendremos cuando las empresas operen fuera del perímetro regulatorio e impondremos sanciones que reflejen la gravedad de dicha conducta y disuadan a otros de hacer lo mismo».
La DFSA mantiene su compromiso de desarrollar, administrar y hacer cumplir una regulación de primer nivel mundial para los servicios financieros en el DIFC. La DFSA seguirá adoptando las medidas de ejecución oportunas para proteger a los usuarios actuales y potenciales de servicios financieros y preservar la confianza en el marco regulatorio del DIFC.
(Fuente: WAM.ae)
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